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Nuestro servicio ofrece seguridad en sus casos, confidencialidad en base a nuestros valores, éticos nuestro personal ofrece la asesoría de su caso gratuitamente y orientación clara y concisa. Algunos de los tipos de casos que se manejan son los siguientes:

El acto jurídico es un acto humano, voluntario y consciente que tiene como finalidad establecer relaciones de tipo jurídico entre las personas, como ser, entre otras, crear, modificar y extinguir derechos. A través de este acto se producirá, ya sea en las cosas o en el mundo exterior, una modificación, porque así lo dispone el ordenamiento jurídico que corresponda, generando lo que se conoce como consecuencias jurídicas, entonces, básicamente, un acto jurídico será la manifestación de la voluntad con el claro objetivo de generar consecuencias de derecho.

JURÍDICO //

DERECHO PENAL 

 

El derecho penal es la rama del derecho que establece y regula el castigo de los crímenes o delitos, a través de la imposición de ciertas penas (como la reclusión en prisión, por ejemplo).


​Una de sus metas promover el respeto a los bienes jurídicos (todo bien vital de la comunidad o del individuo). Para esto, prohíbe las conductas que están dirigidas a lesionar o poner en peligro un bien jurídico.

DERECHO DE LO FAMILIAR 

 

En nuestra vida cotidiana, el Derecho de Familia representa una fuente inagotable de actos jurídicos y también de conflictos, mucho más delicados que los que tenemos con extraños, pues al tratarse de familiares la importancia de resolverlos es primordial para la tranquilidad no sólo de las partes sino también de toda la familia, extendiéndose muchas veces hasta los parientes ascendentes y descendentes. En la práctica jurídica, el Derecho Familiar es un verdadero litigio cuerpo a cuerpo y emoción a emoción entre los que intervienen en los juicios, por eso es fundamental conocer lo que conforme a derecho corresponde a las partes solicitar en una demanda, para que el desgaste económico y emocional sea el mínimo necesario para la solución de la controversia.

DERECHO DE LO CIVIL 

 

Se conoce como derecho civil a aquél que se encarga de regir los vínculos privados que las personas establecen entre ellas. Está formado por las reglas jurídicas que articulan las relaciones patrimoniales o personales entre individuos (personas físicas o personas jurídicas). La finalidad del derecho civil es preservar los intereses del sujeto a nivel patrimonial y moral. 

​permite desarrollar las leyes que regulan el funcionamiento de una sociedad

DERECHO ADMINISTRATIVO

 

El derecho administrativo corresponde al conjunto de las normas del derecho privado y del derecho público que se aplican a la administración en su gestión de los servicios públicos y en sus relaciones con los particulares. En un sentido más restringido, pero admitido comúnmente, el derecho administrativo se extiende exclusivamente a las normas que derogan el derecho privado y que son por tanto normalmente aplicadas por las jurisdicciones administrativas.

DERECHO DE LO LABORAL 

 

Es el que regula las relaciones entre trabajadores y sus empleadores al establecer sus derechos y obligaciones. Es una rama del derecho público (convenios colectivos, derecho a huelga) con pie también en el privado (contrato de trabajo, salarios, vacaciones). Es una rama muy amplia, ya que incluye también aspectos de derecho constitucional. 

DERECHO EMPRESARIAL O COMERCIAL 

 

El Derecho Empresarial, es una rama del Derecho que se encarga de guiar las actividades dentro y fuera de las organizaciones. Su función principal es regular a las pequeñas, medianas y grandes empresas (PYMES).

El término Derecho Empresarial está ligado al concepto corporativo, el cual a su vez, va de la mano con el derecho laboral.

© 2015 por El Centro Nacional Jurídico en Seguridad y Emergencias S.A. de C.V.

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